Administrativo
2021-01227-01: Consejo de Estado ordena el reintegro inmediato de alcalde, que luego de proceso de nulidad electoral, había sido anulado su acto de elección.
29 de octubre de 2021 3 min de lecturaGMH Abogados
El honorable Consejo de Estado, en sentencia 2021-01227-01, ordenó el reintegro inmediato de alcalde, que luego de proceso de nulidad electoral, había sido anulado su acto de elección. Promovida una acción de tutela contra providencia judicial, esa entidad conoció la sentencia de única instancia de un proceso electoral que tenía como finalidad anular el acto de elección del alcalde del municipio de Tadó Chocó, elegido en virtud de unas elecciones atípicas, por presuntamente estar incurso en una de las causales de inhabilidad.
El medio de control de nulidad electoral promovido contra el alcalde, mediante sentencia, anuló el acto de elección de aquel luego de diversas irregularidades procesales. En este sentido, se presentó acción de tutela contra dicha providencia por transgredir los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, a elegir y ser elegido y acceso a la administración de justicia del elegido alcalde.
Ante ese escenario, el Consejo de Estado examinó las diversas providencias emitidas en el curso del medio de control electoral, y encontró que:
Así las cosas, la Sala llega a la conclusión de que el Tribunal Administrativo del Chocó al expedir la sentencia atacada utilizó un criterio jurisprudencial creado en el 2019 para aplicar a las elecciones de Congreso a celebrarse en el 2022, a las elecciones territ
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