Constitucional
2021-01306-01: Término para impugnar fallo de tutela inicia 2 días hábiles después de la remisión del mensaje-Decreto 806.
21 de abril de 2022 2 min de lecturaGMH Abogados
El insigne Consejo de Estado en sentencia de tutela No. 2021-01306-01, precisó que el término para impugnar fallo de tutela inicia 2 días hábiles después de la remisión del mensaje de datos en virtud del Decreto 806 de 2020. Ello se dio en el trámite de un recurso de apelación contra la sentencia de primer grado de una acción de tutela que negó el amparo de los derechos fundamentales del actor.
Como fundamento fáctico se adujó que en el marco de un fallo de tutela de primera instancia proferido el 8 de septiembre de 2021, el apoderado accionante impugnó la anterior decisión el 15 de septiembre de 2021, sin embargo, el juzgado precitado, mediante auto del 24 de septiembre de 2021, lo rechazó por extemporáneo.
Así las cosas, esa corporación formuló como problema jurídico, determinar si el juzgado de instancia incurrió en un defecto sustantivo y en un desconocimiento del precedente y, por consiguiente, en la vulneración de los derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y acceso a la administración de justicia de la parte accionante. Sobre lo cual sostuvo:
En el marco de la pandemia por el COVID-19, e
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