Abogado no comete falta disciplinaria al negarse a expedir paz y salvo si alega deuda de honorarios
8 de julio de 2025 4 min de lecturaGMH Abogados
🧑⚖️ Derecho Disciplinario
Comisión Nacional de Disciplina Judicial - Providencia del 18 de junio de 2025
(Rad. 180012502000 2023 00337 01)
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Proceso disciplinario (apelación de auto).
- 🌐 Tema clave: Deberes del abogado y obligación de expedir un paz y salvo a su cliente.
- 📎 Controversia: Un cliente se queja porque su exabogado se niega a expedirle un paz y salvo. El abogado, por su parte, alega que el cliente le adeuda honorarios por su gestión.
- ✅ Decisión: La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la terminación del proceso. Concluyó que negarse a expedir un paz y salvo no constituye una falta disciplinaria, pues la controversia sobre el pago de honorarios es un asunto contractual que debe resolverse en la jurisdicción civil.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial ha aclarado que los abogados no están obligados a expedir un paz y salvo a sus clientes si consideran que aún existen deudas por concepto de honorarios. La negativa a entregar dicho documento, en el contexto de una disputa contractual, no constituye una falta disciplinaria, ya que este tipo de controversias económicas deben ser resueltas por la jurisdicción ordinaria civil.
Acceso exclusivo para suscriptores
Continúa leyendo el análisis completo
El resumen jurisprudencial completo, las referencias normativas y la providencia descargable son exclusivos para suscriptores de GMH Abogados.
- Análisis completo de la sentencia
- Descarga de la providencia en PDF
- Acceso a más de 2.000 publicaciones
- Calculadoras y liquidadores jurídicos
Registro gratuito · Activa tu plan en el panel · Sin contratos