I. Definición y Alcance
Protección Inmediata
La acción de tutela es un mecanismo consagrado en el Artículo 86 de la Constitución Política de 1991. Su objetivo es garantizar la defensa efectiva de los derechos fundamentales cuando estos resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de autoridades públicas o particulares.
Se caracteriza por ser un procedimiento preferente y sumario, que puede ser interpuesto por cualquier persona ante cualquier juez.
II. Requisitos de Procedencia
Derecho Fundamental
Debe tratarse de la vulneración o amenaza de un derecho de rango constitucional fundamental (vida, salud, debido proceso, etc.).
Vulneración o Amenaza
Debe existir una acción u omisión real que ponga en riesgo o afecte el derecho protegido.
Subsidiaridad
Solo procede si no existe otro medio de defensa judicial, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.
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