I. Concepto y Finalidad
Las acciones posesorias permiten a una persona recuperar o conservar la posesión de un bien raíz del cual no necesariamente es dueño, sino poseedor. Su objeto, según el Art. 972 C.C., es conservar o recuperar la posesión de bienes raíces o de derechos reales constituidos en ellos, sin discutir la titularidad del dominio.
II. Presupuestos Axiológicos
Para interponer una demanda posesoria, se deben cumplir y demostrar los siguientes requisitos (Art. 974 C.C.):
Posesión Ininterrumpida
Haber estado en posesión del bien por lo menos un año completo sin interrupción.
Posesión Tranquila
La posesión debe ser pacífica, no violenta ni clandestina.
Perturbación o Despojo
Existencia de un tercero que priva de la posesión o perturba su ejercicio.
Tiempo de los Hechos
Que el despojo o perturbación haya ocurrido hace menos de un año.
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