Porte de Armas: ¿Viola el Non Bis In Idem aplicar la agravante de Coparticipación a los Coautores?
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Supuesto Fáctico: Tres ciudadanos fueron capturados en flagrancia dentro de un taxi portando un arma de fuego sin salvoconducto. La Fiscalía les imputó cargos como coautores del delito de porte ilegal de armas agravado.
- 🌐 Controversia: La defensa técnica alegó que, al ser condenados como "coautores" (actuar en conjunto), no se les podía aplicar simultáneamente la circunstancia de agravación por "obrar en coparticipación criminal" (Art. 365 num. 5), pues ello implicaría juzgar dos veces el mismo hecho (violación al non bis in idem).
- ❌ Fallo de Instancia: Tribunal Superior confirmó la condena plena, aplicando la agravante específica que duplica la pena.
- ✅ Decisión CSJ: NO CASA. La Sala ratifica que la coautoría (título de imputación) y la coparticipación criminal (circunstancia de agravación) son figuras compatibles dogmáticamente y no vulneran la prohibición de doble incriminación.
El litigio planteado ante la Corte Suprema giró en torno a una estrategia de dosificación punitiva con efectos directos sobre la prescripción de la acción penal. Los procesados fueron hallados responsables de transportar un arma de fuego ilegal en un vehículo de servicio público. La defensa no discutió la materialidad del porte, sino la legalidad de la pena impuesta: argumentaron que si la Fiscalía los acusó bajo la figura de la coautoría (dominio funcional del hecho entre varios), resultaba improcedente agravar la conducta por "obrar en coparticipación criminal", alegando que "una cosa no puede ser y no ser a la vez".