AP2356/2018 Unifican jurisprudencia sobre procedibilidad de decretar pruebas de manera oficiosa en materia penal
i. Que la prohibición del artículo 361 es aplicable única y exclusivamente al juez de conocimiento respecto de la fase del juicio.
ii. O existe una disposición que expresamente le impida al operador judicial decretar y practicar pruebas de oficio en otras fases o tramites distintos del juicio regulado en la Ley 906.
iii. En razón a ello, la jurisprudencia constitucional y ordinaria han afirmado que tanto los jueces de control de garantías como los de conocimiento (en sede del incidente de reparación integral) pueden ordenar y practicar pruebas por iniciativa propia. De igual forma, el Código autoriza a los falladores de ejecución de penas y medidas de seguridad para hacerlo.
Continúa leyendo el análisis completo
El resumen jurisprudencial completo, las referencias normativas y la providencia descargable son exclusivos para suscriptores de GMH LEX.
- Análisis completo de la sentencia
- Descarga de la providencia en PDF
- Acceso a más de 2.000 publicaciones
- Calculadoras y liquidadores jurídicos
Registro gratuito · Activa tu plan en el panel · Sin contratos