Salvatore Mancuso y la Restricción de Residencia: Garantía de No Repetición vs. Libertad de Locomoción
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Supuesto Fáctico: En audiencia de imputación, la magistratura de Justicia y Paz sustituyó la medida de aseguramiento carcelaria a Salvatore Mancuso y otros postulados por una no privativa de la libertad, pero impuso la restricción de no residir ni acudir a los lugares donde delinquieron (zonas de injerencia paramilitar).
- 🌐 Controversia: La defensa apeló argumentando que la medida equivalía a un "destierro indefinido", vulneraba el derecho a la libre locomoción, la igualdad y los fines de la justicia restaurativa, solicitando la revocatoria de dicha prohibición territorial.
- ❌ Fallo de Instancia: El Tribunal Superior de Bogotá impuso la restricción como mecanismo de protección a las víctimas.
- ✅ Decisión CSJ: CONFIRMA la decisión. La Sala establece que la restricción es constitucional, idónea y necesaria para evitar la revictimización y garantizar la no repetición, priorizando los derechos de las víctimas sobre la libertad de movimiento de los postulados.
El debate jurídico se suscita en el marco de la sustitución de medidas de aseguramiento en la Ley de Justicia y Paz. Tras formular imputación por graves crímenes de lesa humanidad y de guerra (homicidios, desplazamientos, desapariciones) a Salvatore Mancuso y otros excomandantes de las AUC, la magistratura accedió a sustituir la detención intramural, pero condicionó la libertad a no hacer presencia en los territorios donde sus frentes sembraron el terror. La defensa calificó esta restricción como una sanción desproporcionada y un obstáculo para la reintegración y la reparación.