I. Principio de Proporcionalidad
La cuota alimentaria no es una cifra estática ni arbitraria. Se basa en un equilibrio constante entre dos factores fundamentales:
Necesidades del Niño/a
Gastos reales de educación, salud, vivienda y recreación.
Capacidad del Obligado
Ingresos, salario, patrimonio y nivel de vida del padre/madre.
II. Formas de Incremento
Es un derecho adquirido para compensar la inflación. Opera por ley cada 1 de enero.
- Generalmente es el % del IPC del año anterior.
- No requiere iniciar un nuevo proceso ni audiencia.
Modificación sustancial que debe ser solicitada y probada formalmente ante autoridades.
- Se pide en cualquier momento si cambian las condiciones.
- Requiere trámite de conciliación o demanda judicial.
III. Causales para el Aumento
Mayores Necesidades
Cuando los gastos del niño crecen (ej: entra al colegio, universidad, tratamiento médico nuevo).
Mejor Capacidad
Si el obligado mejora su situación (nuevo empleo, ascenso, negocios), el niño tiene derecho a disfrutar de ese bienestar.
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