Administrativo
C/420 del 2020, que estudió la constitucionalidad del Decreto 806 del 2020
26 de noviembre de 2020 2 min de lecturaGMH Abogados
La honorable Corte Constitucional, en sentencia C/420 del 2020, estudió la constitucionalidad del Decreto 806 del 2020.
Para delimitar el objeto del control constitucional, la Sala estudió el alcance de las medidas adoptadas en el Decreto Legislativo sub judice, separándolas en dos ejes temáticos: el primero, relacionado con el objeto del decreto, y las reglas y deberes procesales para la implementación de las TIC en el trámite de procesos judiciales; el segundo, compuesto por las disposiciones que implementan medidas tendientes a lograr el efectivo uso de las TIC y agilizan el trámite de los procesos judiciales.
Al examinar el inciso 3 del artículo 8° y el parágrafo del artículo 9° del Decreto Legislativo 806 de 2020, la Corte encontró que tal como fueron adoptadas las disposiciones, es posible interpretar que el hito para calcular el inicio de los términos de ejecutoria de la decisión notificada –en relación con la primera disposición– o del traslado de que trata la segunda disposición, no correspondan a la fecha de recepción del mensaje en el correo electrónico de destino, sino a la fecha de
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