I. Definición y Fundamento
Artículo 254 C.P.P.
Es el conjunto de procedimientos que garantizan la autenticidad, integridad y conservación de los elementos materiales probatorios (EMP) y evidencia física (EF).
Se aplica registrando la identidad, estado original, condiciones de recolección, embalaje y todos los traspasos (trazabilidad) desde el hallazgo hasta su disposición final.
II. Principios Rectores
Autenticidad
Garantía de que el elemento analizado o presentado en juicio es el mismo que se recolectó en la escena (Mismidad).
Integridad
Asegurar que la evidencia no ha sido alterada, contaminada o sustituida durante su custodia.
Trazabilidad
Registro continuo y documentado de todas las personas que han tenido contacto con la evidencia.
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