I. Definición y Marco Legal
Es un contrato en el que dos partes se obligan recíprocamente: una (el arrendador) a conceder el goce de un predio rural para actividades agrícolas o ganaderas, y la otra (el arrendatario) a pagar por este goce un precio determinado.
Establece la base general del contrato de arrendamiento (estructura, obligaciones básicas, terminación).
Introducen regulaciones especializadas sobre mejoras, destinación del predio y protección de la producción alimentaria.
II. Requisitos Esenciales
La Cosa (Predio)
El bien raíz rural que se entrega para su goce y explotación económica.
El Precio (Renta)
Suma de dinero o parte de los frutos (especie) que el arrendatario paga.
Consentimiento
Acuerdo expreso de voluntades sobre la cosa y el precio.
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