I. Definición y Marco Legal
Artículo 1377 C.Co.
El contrato de consignación (o estimatorio) es un acuerdo comercial donde una persona (Consignante) entrega mercancías a otra (Consignatario) para que las venda en su nombre, bajo condiciones previamente pactadas.
II. Características Principales
Propiedad
No hay transferencia de dominio. La propiedad permanece en manos del consignante hasta que las mercancías sean vendidas a un tercero.
Obligación Principal
El consignatario debe vender al precio fijado o devolver las mercancías si no logra la venta en el plazo acordado.
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