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Extinción de Dominio / Defensa

Control de Legalidad de Medidas Cautelares

Guía visual para entender el mecanismo de defensa frente a la suspensión del poder dispositivo y otras medidas de la Fiscalía (Ley 1708 de 2014).

I. El Proceso en 3 Pasos

El control de legalidad no es un recurso, es un derecho de revisión judicial que se activa a petición de parte. Su objetivo es verificar que la Fiscalía no haya excedido sus facultades o vulnerado derechos fundamentales.

Actuación Fiscal

La Fiscalía decreta una medida cautelar (ej. suspensión del poder dispositivo) sobre un bien.

Solicitud de Control

El afectado (propietario/poseedor) presenta una solicitud motivada ante el Juez de Extinción de Dominio.

Decisión Judicial

El Juez decide si la medida fue legal (se mantiene) o ilegal (se levanta inmediatamente).

II. Conceptos Fundamentales

Suspensión del Poder Dispositivo

Medida que "congela" el bien jurídicamente. El titular pierde la capacidad de:

  • Vender o enajenar.
  • Gravar (hipotecar/prendar).
  • Transferir el dominio.
El Plazo de 6 Meses (Art. 89)

Si la Fiscalía impone medidas antes de presentar la demanda, tiene un plazo máximo de 6 meses para radicarla.

¡El vencimiento de este término hace la medida ilegal!

III. Causales de Ilegalidad (Art. 112)

Falta de Elementos

Cuando la Fiscalía no presenta indicios suficientes para establecer un "vínculo probable" con una causal de extinción.

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