Análisis asistido por Inteligencia Artificial: Este resumen jurídico fue elaborado con asistencia de IA y revisado por un profesional del derecho de GMH Abogados. Tiene finalidad informativa.
Despido por bajo rendimiento no acreditado: cuando los cuadros comparativos no son suficientes
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Supuesto Fáctico: El demandante trabajó como representante de ventas durante más de 8 años bajo contrato a término indefinido. En el último año fue trasladado de zona en varias ocasiones, lo que afectó su cartera de clientes y sus resultados. La empresa lo despidió con justa causa invocando bajo rendimiento (art. 62, nums. 6, 9 y 10 del CST), habiendo realizado dos requerimientos escritos y presentado cuadros comparativos. Sin embargo, las metas no estaban previamente definidas en el contrato y los comparativos se hicieron con vendedores de zonas distintas.
- 🌐 Problema Jurídico: ¿El empleador demostró suficientemente la justa causa de despido por bajo rendimiento cuando las metas no estaban pactadas, la comparación se realizó con trabajadores de zonas distintas y el traslado fue ordenado unilateralmente sin acompañamiento al trabajador?
- ✅ Decisión: REVOCA la sentencia de primera instancia que absolvió al empleador. El Tribunal declara el despido sin justa causa y condena al pago de la indemnización del artículo 64 del CST por $6.541.266,67. Absuelve por las comisiones reclamadas ante insuficiencia probatoria.
El Tribunal Superior de Cali conoció esta causa en grado jurisdiccional de consulta —mecanismo que opera automáticamente cuando la sentencia de primera instancia es totalmente adversa al trabajador y no es apelada— y revocó la decisión del Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Cali, que había declarado probada la excepción de inexistencia de la obligación y absuelto al empleador.
El primer juez consideró que el empleador había cumplido el procedimiento del Decreto 1072 de 2015: dos requerimientos escritos con intervalo de ocho días, cuadros comparativos de rendimiento y oportunidad de descargos. El Tribunal, en cambio, encontró que ese cumplimiento formal fue insuficiente porque las condiciones materiales del trabajador habían cambiado radicalmente —nuevo territorio, nuevos clientes— sin que la empresa fijara metas claras para esa zona ni adoptara medidas de acompañamiento.
📌 Ratio Decidendi: El procedimiento formal no basta si las condiciones materiales no son comparables
El Tribunal distingue entre el cumplimiento formal del procedimiento de terminación por rendimiento deficiente (art. 2.2.1.1.3 del Decreto 1072 de 2015) y su cumplimiento material. Si bien la empresa realizó los dos requerimientos escritos, presentó cuadros comparativos y concedió oportunidad de descargos, el análisis probatorio reveló tres fallas sustanciales que desvirtúan la justa causa: (i) las metas de rendimiento nunca estuvieron pactadas en el contrato ni en documento posterior con parámetros objetivos; (ii) los cuadros comparativos confrontaron al trabajador con vendedores de zonas distintas, sin que se acreditara qué debía cumplirse específicamente en su nueva zona (código 1199); y (iii) el traslado unilateral de zona, ejecutado sin acompañamiento ni capacitación, fue la causa directa de la disminución de resultados.