I. ¿Qué es?
Es un medio de prueba y un requisito formal de la demanda (o contestación) donde una parte, bajo la gravedad de juramento, estima en dinero el valor de una indemnización, compensación, o la mejora y frutos que reclama. Su objetivo es fijar la cuantía de la pretensión de forma razonada.
II. Requisitos Esenciales
Para que sea válido, el juramento debe cumplir con dos condiciones clave:
Presentación Formal
Debe incluirse en la demanda, contestación, o en el escrito de excepciones, especificando el monto reclamado.
Fundamentación
Debe ser "razonado", explicando de forma clara y detallada cómo se llegó a esa suma, discriminando cada concepto.
III. El Procedimiento: Paso a Paso
Presentación
El demandante (o demandado) incluye el juramento razonado en su escrito inicial.
Traslado
Se notifica a la contraparte. Esta tiene 5 días para pronunciarse.
Objeción o Silencio
La contraparte puede aceptarlo, objetarlo (total o parcialmente) o rechazarlo por impropio.
IV. Opciones de la Contraparte
Silencio (Aceptación)
Si no se pronuncia, el monto estimado se considera probado y aceptado.
Objetar el Monto
Presentar contra-estimación razonada o solicitar pruebas (dictamen pericial) para desvirtuarlo.
Rechazar por Impropio
Alegar que el reclamo no requiere juramento (ej. obligación de valor indeterminado).
V. Riesgo de Sanción (Efectos)
Sin Sanción
Si la suma probada es mayor al 50% de la estimada.
Con Sanción (10%)
Si la suma probada es menor al 50% de la estimada.
Multa: 10% de la diferencia.