I. Fundamentos Dogmáticos
La exhibición no es solo un medio de prueba, es la materialización del deber de colaboración con la justicia. Superando el antiguo principio de que "nadie está obligado a exhibir pruebas en su contra", el Código General del Proceso establece que las partes y terceros deben aportar los documentos que estén en su poder para el esclarecimiento de la verdad.
Test de Procedencia (Art. 265 CGP)
Para que el juez decrete la exhibición, el solicitante debe acreditar:
Individualización
Descripción precisa del documento o cosa requerida. No se admiten solicitudes genéricas o "pesquisas" indeterminadas.
Pertinencia
Relación directa y necesaria entre el documento solicitado y los hechos objeto de litigio (Thema Probandum).
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