Laboral
Indexación de la primera mesada pensión de vejez Reconocimiento y fórmula a aplicar
28 de julio de 2021 2 min de lecturaGMH Abogados
El Tribunal Superior de Ibagué, Sala laboral, realizo apuntes importantes sobre el reconocimiento de indexación de la primera mesada de la pensión de vejez y la fórmula que se aplica.
El tribunal recordó que Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en su doctrina probable, ha sostenido, a partir de 2014, que:
"la falta de cobertura del ISS en materia de seguridad social en pensiones, en la zona donde se prestará el servicio, no exonera al empleador de asumir con posterioridad el pago de los aportes dejados de realizar por tal imposibilidad"Respecto de la indexación de la primera mesada pensional, cuya creación es jurisprudencial, se ha sostenido por la Corte Suprema de Justicia:
i) que la pérdida del poder adquisitivo de la moneda es un fenómeno que puede afectar a todos los tipos de pensiones por igual; ii) que al no existir prohibición expresa alguna por parte del legislador de indexar la primera mesada causada con anterioridad a la entrada en vigor de la Constitución Política de 1991, no hay cabida para hacer discriminaciones fundadas en la naturaleza de la prestación o en la fecha
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