I. Definición
La confesión es un medio de prueba que consiste en la admisión de hechos que producen consecuencias jurídicas adversas para quien la realiza o que favorecen a la parte contraria.
II. Requisitos de la Confesión
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1Que el confesante tenga capacidad para hacerla y poder dispositivo sobre el derecho.
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2Que verse sobre hechos que produzcan consecuencias adversas al confesante.
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3Que recaiga sobre hechos donde la ley no exija otro medio de prueba.
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4Que sea expresa, consciente y libre.
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5Que verse sobre hechos personales o de los que tenga conocimiento.
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6Que se encuentre debidamente probada (si es extrajudicial o trasladada).
III. Características
Según el maestro Azula Camacho (Manual de Derecho Procesal):
Es Personal
Le llega al juez por conducto de una persona.
Es Indirecta
El juez se informa de los hechos por el relato que le hace una persona.
Es Histórica
Se contrae a la narración de hechos acaecidos con antelación.
Diferencia con el Testimonio
La confesión emana de quien es titular de la relación jurídica, mientras que el testimonio proviene de un tercero ajeno a dicha relación.