Laboral
La endometriosis, su carácter incapacitante y conflictos laborales.
6 de noviembre de 2023 6 min de lecturaGMH Abogados
La Honorable Corte Constitucional en sentencia T448-2023 estudio la endometriosis desde la perspectiva de género para establecer si puede generar una estabilidad laboral reforzada. Al respecto manifestó:
En este caso se discute si la endometriosis es una enfermedad que dificulta sustancialmente la capacidad de trabajar dada su gravedad. Esa enfermedad está asociada, aunque no causada, por la presencia de estrógenos y afecta principalmente a las mujeres cisgénero, pues es una condición médica relacionada con el tejido uterino. Es por esa razón que en este capítulo se recordará qué implica la perspectiva de género en las decisiones judiciales y cómo aplicar esa visión al estudio de la endometriosis de cara a la discusión sobre si tiene la suficiente entidad para afectar las posibilidades de trabajar.
La Corte Constitucional considera que el enfoque de género en las decisiones judiciales es un deber que se deriva del mandato de igualdad de la Constitución y del fin constitucional del Estado de garantizar los derechos consagrados en el texto superior. Del mismo modo, este mandato superior se encuentra consagrado en los instrumentos internacionales como: (i) la Convención sobre los derechos políticos de la mujer (1953); (ii) la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer -CEDAW- (1981); y (iii) la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer -Convención de Belém do Pará- (1984).
En el caso de los conflictos laborales, una de las formas en que se manifiesta el enfoque o perspectiva de género consiste en que las mujeres enfrentan barreras específicas para acceder y mantenerse en el empleo. Una de esas barreras es que sufren discriminación por parte de sus empleadores y que con base en esas razones excluyentes se justifican sus despidos. De manera sistemática se puede afirmar que las mujeres enfrentan, entre otros, los siguientes obstáculos y barreras en el trabajo:
- Las trabajadoras domésticas y mujeres rurales suelen trabajar informalmente y en contextos de violencia.
- Las mujeres suelen recibir salarios más bajos por las mismas tareas de los hombres y esa brecha aumenta a medida que se educan más.
- Las mujeres no reciben remuneración por su trabajo de cuidado y esa carga impone trabas a su desarrollo laboral.
- Las mujeres, en general, tienen mayor probabilidad de trabajar informalmente.
- La mayor participación de las mujeres en el mercado laboral contrasta con la desigualdad que viven en ese contexto porque tienen peores salarios y mayor informalidad.
- Los periodos de maternidad traen consigo mayor probabilidad de trabajo informal, autoempleo e inactividad.
- Las barreras para acceder al empleo se incrementan cuando se trata de mujeres en situación de discapacidad.
- Las mujeres privadas de la libertad no tienen garantizados sus derechos laborales, ni siquiera el salario mínimo
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