I. Marco Constitucional
Consagración Normativa
El derecho a la salud está consagrado en la Constitución Política y ratificado en tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Art. 14), que garantiza el disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de estos servicios a todos los habitantes del territorio nacional.
II. El Sistema General (SGSSS)
Ley 100 de 1993
Transformó la política pública creando el SGSSS, basado en el aseguramiento y la competencia regulada entre entidades.
Pluralismo Estructurado
Modelo que permite la participación de entidades privadas en la prestación del servicio, siempre bajo la estricta supervisión y regulación del Estado.
Pese al reconocimiento normativo y al aumento del presupuesto, el derecho a la salud enfrenta deficiencias estructurales. Esta realidad revela fallas en la implementación del sistema y un reto constante para el cumplimiento de los compromisos constitucionales del Estado.