Derecho de Familia

Obligación Alimentaria y su Exoneración

Guía sobre los fundamentos jurídicos, causales de extinción y el proceso para solicitar la exoneración de alimentos.

El Trípode Jurídico

Para que la obligación de dar alimentos exista, deben concurrir tres requisitos. La desaparición de solo uno de ellos es suficiente para solicitar la exoneración:

Vínculo Jurídico

Parentesco (padre-hijo) o vínculo legal (matrimonio) demostrado con registros civiles.

Necesidad

El beneficiario no puede proveer su propio sustento (comida, vivienda, salud, educación).

Capacidad

El obligado debe tener recursos económicos para pagar sin afectar su propia subsistencia.

Causales de Exoneración (Hijos)

Regla General

Límites de Edad

  • 18 años: Cesa la obligación general (mayoría de edad).
  • 25 años: Se extiende solo si el hijo estudia y depende económicamente.
  • Vitalicia: Si existe discapacidad que impide valerse por sí mismo.
Otras Causales

Extinción

  • Fin de Estudios: Culminación de formación académica.
  • Independencia: El hijo obtiene ingresos propios suficientes.
  • Injuria Atroz: Ofensa grave contra el alimentante.

El Proceso de Exoneración

No opera de pleno derecho; se debe tramitar formalmente.

1

Fase Conciliatoria

Requisito de procedibilidad. Se intenta acuerdo ante Comisaría, ICBF o Notaría.

Si hay acuerdo, el acta pone fin a la obligación.

2
Acceso exclusivo para suscriptores

Continúa leyendo el análisis completo

El resumen jurisprudencial completo, las referencias normativas y la providencia descargable son exclusivos para suscriptores de GMH LEX.

  • Análisis completo de la sentencia
  • Descarga de la providencia en PDF
  • Acceso a más de 2.000 publicaciones
  • Calculadoras y liquidadores jurídicos

Registro gratuito · Activa tu plan en el panel · Sin contratos