⚖️ GMH Insights
⚖️ Reparación Directa
SEGUNDA INSTANCIA
Muerte de soldado en conscripción: Los límites entre el riesgo excepcional y el accidente fortuito
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Supuesto Fáctico: Un joven que cumplía con su servicio militar obligatorio falleció tras caer accidentalmente de una mesa mientras realizaba labores de aseo en el área de alojamiento del Batallón. Al intentar bajar un maletín, resbaló y sufrió un trauma craneoencefálico severo. Sus familiares demandaron a la Nación pretendiendo la declaratoria de responsabilidad por falla del servicio o riesgo excepcional.
- 🌐 Problema Jurídico: ¿Resulta responsable el Estado por la muerte de un conscripto bajo su custodia cuando el daño ocurre en el ejercicio de actividades cotidianas no relacionadas con el combate, sin que se demuestre una falla en los protocolos de seguridad o una negligencia administrativa?
- ✅ Decisión: CONFIRMA la sentencia que negó las pretensiones. El Tribunal determina que el fallecimiento fue producto de un accidente fortuito derivado de una actividad común, sin que se configure riesgo excepcional ni falla del servicio imputable a la administración.
La controversia se centra en los hechos ocurridos el 7 de enero de 2015 en el Batallón Especial Energético y Vial No. 3 en Curumaní, Cesar. La víctima, en su calidad de soldado regular, se encontraba en las instalaciones militares cuando, de manera imprevista, sufrió una caída desde una altura aproximada de un metro (una mesa) mientras organizaba sus pertenencias y realizaba labores de aseo. A pesar de recibir atención médica, el soldado falleció debido a la gravedad del trauma craneal.