¿Tres meses gratis al terminar el arriendo?
Un mito común (y costoso) explicado bajo la Ley 820 de 2003.
Existe una creencia popular según la cual el inquilino tiene derecho a quedarse tres meses sin pagar arriendo antes de desocupar un inmueble. Esta interpretación es incorrecta y se basa en una lectura errónea de la Ley 820 de 2003.
En realidad, lo que la ley permite es que el arrendador termine unilateralmente el contrato durante las prórrogas, siempre que cumpla dos condiciones: