Familia
No procede recompensa por venta de bien propio durante el matrimonio si no configura causales de ley
2 de diciembre de 2025 4 min de lecturaGMH Abogados
👨👩👧 Derecho de Familia Tribunal Superior de Pereira - Sala Civil Familia - Auto del 28 Nov 2025 (Rad. 66001-31-10-003-2024-00384-01)
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Liquidación de Sociedad Conyugal (Apelación de Auto).
- 🌐 Tema clave: Recompensas, administración de bienes propios, venta de inmuebles durante el matrimonio.
- 📎 Controversia: ¿Debe una cónyuge pagar una recompensa a la sociedad conyugal por haber vendido un bien propio durante la vigencia del matrimonio y gastado el dinero en deudas personales/familiares?
- ✅ Decisión: REVOCA la decisión de primera instancia. NIEGA la recompensa solicitada, aclarando que la libre disposición de bienes propios no genera per se un crédito a favor de la sociedad.
El Juzgado de primera instancia había aprobado dicha recompensa, argumentando que hubo un "desplazamiento patrimonial" donde la demandada usó el dinero de la venta para gastos personales, lo cual se presumía social y generaba un detrimento a la sociedad conyugal. La demandada apeló, alegando que el bie
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