La Pérdida de Capacidad Laboral (PCL) es la merma de habilidades y destrezas (físicas, mentales, sociales) para el desempeño del trabajo habitual. Esta calificación es un derecho fundamental para garantizar la seguridad social y el mínimo vital cuando sobreviene una invalidez.
La calificación es el procedimiento técnico que permite determinar y cuantificar el porcentaje de disminución del trabajador. Esta puede ser de origen común (enfermedad general) o de origen laboral (accidente de trabajo o enfermedad profesional).
I. Conceptos Fundamentales
Fecha de Estructuración
Es la fecha exacta en que la pérdida de capacidad se vuelve permanente y definitiva. Es un hecho médico, no administrativo.
Concepto de Rehabilitación
Pronóstico obligatorio (Favorable o Desfavorable) que debe emitir la EPS antes del día 150 de incapacidad.
Manual Único
Norma técnica taxativa (Dec. 1507/2014). Evalúa: Deficiencia (50%) + Rol Laboral/Ocupacional (50%).
II. Competencia Escalonada
El proceso de calificación sigue un orden jerárquico estricto (Art. 41 Ley 100):
Entidades Aseguradoras
- AFP: Si es Origen Común.
- ARL: Si es Origen Laboral.
- Seguros: Vida o Previsional.
Junta Regional (JRCI)
Organismo privado adscrito a MinTrabajo. Resuelve controversias frente al dictamen de la aseguradora.
Continúa leyendo el análisis completo
El resumen jurisprudencial completo, las referencias normativas y la providencia descargable son exclusivos para suscriptores de GMH Abogados.
- Análisis completo de la sentencia
- Descarga de la providencia en PDF
- Acceso a más de 2.000 publicaciones
- Calculadoras y liquidadores jurídicos
Registro gratuito · Activa tu plan en el panel · Sin contratos