Derecho de Familia / Niñez

Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD)

El trámite con el que el Estado protege a un niño, niña o adolescente cuyos derechos han sido amenazados o vulnerados, conforme al Código de la Infancia y la Adolescencia.

I. ¿Qué es el PARD?

El Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos es el conjunto de actuaciones que adelanta la autoridad administrativa —Defensor de Familia, Comisario de Familia o Inspector de Policía— para verificar la garantía de los derechos de un niño, niña o adolescente y adoptar las medidas necesarias cuando esos derechos han sido amenazados, inobservados o vulnerados. Se rige por la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia).

II. Marco Normativo

  • Ley 1098 de 2006, arts. 50 a 108: restablecimiento de derechos y autoridades competentes.
  • Art. 53: catálogo de medidas de restablecimiento (amonestación, ubicación en familia de origen o extensa, hogar sustituto, adopción, entre otras).
  • Principio del interés superior del niño, niña y adolescente.

III. Cómo Funciona

Apertura

Cualquier persona puede poner en conocimiento la situación; la autoridad abre la investigación de oficio o por denuncia.

Verificación y medidas

Se verifica la garantía de derechos y se adoptan medidas provisionales de protección si hay riesgo.

Decisión y control judicial

El fallo define las medidas definitivas; el juez de familia ejerce control de legalidad y homologa cuando corresponde.

IV. Recursos y Normatividad

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