Derecho Procesal Civil / Recursos

Recurso de Reposición

Análisis del mecanismo ordinario para solicitar al mismo juez que revoque o reforme su decisión (Art. 318 CGP).

I. Naturaleza y Procedencia

Recurso Horizontal

La reposición procede contra los autos que dicten:

  • El Juez (en cualquier instancia).
  • El Magistrado Sustanciador (cuando no procede súplica).
  • La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema.

Objetivo: Que el mismo funcionario que profirió la decisión la aclare, modifique o revoque.

No procede: Contra sentencias, ni contra autos que resuelven apelaciones, súplicas o quejas.

II. Oportunidad y Trámite

En Audiencia (Oral)

Debe interponerse de manera inmediata una vez se pronuncia la decisión.

  • El juez decide en la misma audiencia.
  • El traslado a la contraparte se corre verbalmente en el mismo acto.
Fuera de Audiencia (Escrito)

Se interpone dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del auto (Estado).

  • Debe presentarse por escrito sustentado.
  • El traslado a la contraparte se fija en lista por 3 días.

Casos Específicos

  • Excepciones Previas: En procesos verbales sumarios, deslinde, divisorios y ejecutivos, los hechos que configuran excepciones previas se alegan mediante reposición contra el auto admisorio o mandamiento de pago.
  • Irrecurribilidad: El auto que decide la reposición no admite nuevos recursos, salvo que contenga puntos nuevos no decididos anteriormente.
  • Adecuación: Si se interpone un recurso improcedente, el juez tiene el deber de tramitarlo como el que legalmente corresponda, si fue oportuno (Principio de prevalencia del derecho sustancial).
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Preguntas frecuentes

¿Qué es el recurso de reposición en el CGP?▾

Es un recurso ordinario que se interpone ante el mismo juez que dictó un auto, para que lo revise y, si es del caso, lo revoque o modifique. Procede contra los autos que dicta el juez en el curso del proceso.

¿Cuál es el término para interponer el recurso de reposición?▾

Por regla general se interpone dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del auto por escrito; cuando el auto se dicta en audiencia, se interpone y sustenta oralmente en el acto.

¿Contra qué providencias procede la reposición?▾

Procede contra los autos, no contra las sentencias. Debe sustentarse indicando las razones de inconformidad; sin sustentación puede ser rechazado.