I. Naturaleza y Procedencia
Recurso Horizontal
La reposición procede contra los autos que dicten:
- El Juez (en cualquier instancia).
- El Magistrado Sustanciador (cuando no procede súplica).
- La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema.
Objetivo: Que el mismo funcionario que profirió la decisión la aclare, modifique o revoque.
No procede: Contra sentencias, ni contra autos que resuelven apelaciones, súplicas o quejas.
II. Oportunidad y Trámite
En Audiencia (Oral)
Debe interponerse de manera inmediata una vez se pronuncia la decisión.
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