Derecho de Familia - Control

REDAM: Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Guía técnica sobre la inscripción, consecuencias y cancelación (Ley 2097 de 2021).

I. El Detonante de la Inscripción

La ley establece un mecanismo de presión claro. El incumplimiento de las obligaciones alimentarias activa un procedimiento administrativo y judicial con serias implicaciones civiles. El punto de partida es la mora calificada.

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Cuotas Alimentarias Incumplidas
(Sucesivas o no) son suficientes para iniciar el proceso de inscripción en el REDAM.

II. Ruta de Inscripción (Procedimiento)

La inscripción no es automática. Sigue un procedimiento reglado para garantizar el debido proceso del deudor.

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Solicitud

El acreedor solicita la inscripción ante la autoridad competente (Juez, Comisario o Defensor de Familia).

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Traslado (5 Días)

La autoridad notifica al deudor, quien tiene 5 días hábiles para oponerse y demostrar pago o justa causa.

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Decisión

La autoridad decide si procede la inscripción. Contra esta decisión procede recurso de reposición.

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Inscripción

Si la decisión queda en firme, se oficia al Operador (MinTIC) para efectuar el registro en la base de datos.

III. Consecuencias e Inhabilidades

Sanciones Legales
  • Público: Imposibilidad de contratar con el Estado, ocupar cargos públicos o recibir subsidios.
  • Notarial: Bloqueo para vender bienes muebles o inmuebles sujetos a registro.
  • Financiero: Impedimento para obtener nuevos créditos o renovaciones.
  • Migratorio: Restricción para salir del país; no se requiere su permiso para salida del menor.
Impacto en el Deudor
  • 1. Suspensión Cargo Público: Máximo impacto en estabilidad laboral.
  • 2. Inhabilidad Contratación: Cierre de oportunidades económicas estatales.
  • 3. Impedimento Salida: Restricción a la libertad de locomoción.
  • 4. Bloqueo Notarial: Congelación de patrimonio.
  • 5. Reporte Centrales: Afectación al historial crediticio (Datacrédito).

IV. Actores del Proceso

Acreedor

El NNA a través de su representante legal. Quien inicia el proceso.

Deudor Moroso

Sujeto pasivo. Quien debe 3 o más cuotas.

Autoridad

Juez, Comisario o Defensor que ordena la inscripción.

Operador

MinTIC. Administra la base de datos técnica.

V. Cancelación del Registro

Vías para Cancelar
Opción 1: Pago Completo (Principal)

Causal principal. El deudor salda la totalidad de la deuda. Única garantía absoluta de cancelación.

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