Civil
Responsabilidad Civil de los medios de comunicación por difundir noticias falsas o inexactas.
8 de noviembre de 2020 6 min de lecturaGMH Abogados
Responsabilidad Civil de los medios de comunicación por difundir noticias falsas o inexactas.
En el mes de octubre fueron emitidas dos sentencias donde condenaban a la periodista Vicky Dávila y a RCN s.a.s, al pago de perjuicios morales por la difusión de noticias falsas o inexactas, esto causo un gran revuelo nacional, sectores a favor de la periodista y la radiodifusora alegaban que era un atentado contra el derecho a la información y la libre expresión, e incluso, algunos fueron más allá y manifestaron que se trataba de una persecución contra la citada periodista por su “valentía” al destapar la noticia de la llamada "comunidad del anillo". Cuando se habla de responsabilidad civil de los medios de comunicación, siempre ha existido la tensión entre varios derechos fundamentales, por un lado, tenemos el derecho a la información, la libertad de opinión y la libre expresión, y, por otro lado, tenemos el derecho al buen nombre, la honra, la intimidad de las personas y la presunción de inocencia. Si bien es cierto, de antaño la Corte Constitucional ha sostenido que "En principio se presume la prevalencia del derecho a la libertad de expresión sobre otros derechos que puedan verse afectado con su ejercicio" dicha primacía cesará cuando se demuestre que el otro derecho, valor o principio constitucional adquiere mayor peso, cuando esto pase, se ha de proceder a un ejercicio de ponderación sobre la base de la primacía de la libertad de expresión en cualquiera de sus manifestaciones.1 Por lo anterior, se puede deducir que existe un límite a la libertad de expresión en sentido amplio, determinado por el derecho al buen nombre y la honra, ya que la información dada por los medios, está sujeta a la exigencia de veracidad e imparcialidad. Para que se configure la responsabilidad civil extracontractual por los daños ocasionados en el ejercicio de la actividad periodística por la divulgación informativa, deben concurrir 3 presupuestos, a saber:Por: Dairo Mateus Estrada CEO GMH Abogados
1-La presencia de intención de perjudicar o deteriorar el buen nombre o la honra de una persona determinada o determinable con la información falsa o inexacta que a sabiendas se divulga; o bien de simple culpa, entendida esta como la falta de diligencia profesional periodística necesaria en el comportamiento y ejercicio informativo para asegurar o, por lo menos, procurar que la información que se divulga, además de ser veraz e imparcial, también respete los derechos de los demás y el orden público general,
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