Restitución por equivalencia ante abuso derecho de retención
La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia casó parcialmente una sentencia al determinar que la condena por restitución por equivalencia, ordenada a raíz de un abuso del derecho de retención por parte de una empresa transportadora, no debía incluir intereses comerciales remuneratorios, sino únicamente la actualización monetaria (indexación) del valor de los bienes retenidos en exceso. Sin embargo, la Corte confirmó la declaratoria de abuso del derecho de retención.
El litigio surgió de un contrato de transporte donde la empresa transportadora retuvo mercancías (electrodomésticos) de su cliente por un valor significativamente superior a la deuda exigible por fletes en ese momento (~843 millones en bienes vs. ~275 millones de deuda exigible). El Tribunal había confirmado que esta desproporción configuraba un abuso del derecho de retención (Art. 830 C.Com.) y, ante el deterioro de los bienes, ordenó restituir por equivalencia el valor retenido en exceso (~485 millones), pero adicionando intereses comerciales (Art. 884 C.Com.) desde la fecha de la retención.
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