Laboral
Teoría del retiro tácito del sistema pensional
23 de marzo de 2024 2 min de lecturaGMH Abogados
El Tribunal Superior de Medellín, en sentencia de segunda instancia, recordó lo que ha dicho la Corte Suprema de Justicia sobre la teoría del retiro tácito del sistema pensional. Al respecto recordó:
En tal sentido, la H. Corte Suprema de Justicia en múltiples providencias ha adoptado la teoría del retiro tácito del sistema, el cual advierte cobra sentido cuando una persona solicita el pago de la pensión y deja de cotizar, con lo cual se interpreta la intención de comenzar a percibir su mesada pensional. De igual manera, se considera que, aun cuando no se marque la novedad de retiro en la planilla correspondiente, la cesación definitiva de cotizaciones se asimila al retiro, -retiro tácito-.
El anterior pronunciamiento dentro de un proceso de reconocimiento de Pensión, donde se debate la fecha desde la cual se debe reconocer la pensión de vejez de la demandante. En la providencia, además, se debate sobre los intereses moratorios.
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El artículo 141 de la Ley 100 de 1993 dispuso su causación siempre y cuando se incurra en mora en el
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