I. Marco Normativo
La salida del país de niños, niñas y adolescentes (NNA) está estrictamente regulada para proteger sus derechos. El permiso es un requisito fundamental exigido por las autoridades migratorias cuando el menor no viaja con ambos progenitores.
Ley 1098 de 2006
Código de la Infancia y la Adolescencia (Art. 110). Norma base del permiso.
Ley 1878 de 2018
Modificaciones procedimentales al proceso de restablecimiento de derechos.
Ley 2097 de 2021
Crea el REDAM y establece consecuencias en los permisos de salida.
CGP (Art. 21)
Competencia de los Jueces de Familia para dirimir desacuerdos.
II. Requisitos Generales
- Pasaporte Vigente o documento de viaje válido.
- Registro Civil de Nacimiento (Copia auténtica reciente para verificar parentesco).
- Tarjeta de Identidad (Para mayores de 7 años).
- Identificación plena de otorgantes y menor.
- Lugar de destino y propósito del viaje.
- Fechas exactas de salida y regreso.
- Datos del acompañante (si aplica).
- Autenticación: Notaría (Colombia) o Consulado (Exterior).
III. Vías Procedimentales
Trámite directo y rápido:
- En Colombia: Notaría Pública (Autenticación de firma y huella).
- En el Exterior: Consulado Colombiano (Reconocimiento de firma).
Trámite subsidiario ante autoridad:
Continúa leyendo el análisis completo
El resumen jurisprudencial completo, las referencias normativas y la providencia descargable son exclusivos para suscriptores de GMH Abogados.
- Análisis completo de la sentencia
- Descarga de la providencia en PDF
- Acceso a más de 2.000 publicaciones
- Calculadoras y liquidadores jurídicos
Registro gratuito · Activa tu plan en el panel · Sin contratos