Sanción máxima en SRPA por delito culposo es desproporcionada: Corte casa fallo de oficio
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Casación Penal (de oficio, Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes - SRPA).
- 🌐 Tema clave: Proporcionalidad e idoneidad de las sanciones en el SRPA; fines protectores, educativos y restaurativos; valoración de criterios para imponer sanción (Art. 179 C.I.A.); prohibición de agravar por no aceptación de cargos.
- 📎 Controversia: ¿Es proporcional imponer la sanción máxima no privativa de libertad (3 años de internamiento semicerrado) a un joven (juzgado a los 21 por hechos a los 17) por un delito culposo (lesiones personales en accidente de tránsito), basándose principalmente en la gravedad de las lesiones y en su no aceptación de cargos?
- ✅ Decisión: NO. La Corte Suprema **CASA PARCIALMENTE y DE OFICIO** la sentencia. Consideró la sanción desproporcionada por no ponderar adecuadamente todos los criterios (naturaleza culposa, circunstancias personales positivas del joven, tiempo transcurrido) y por valorar erróneamente la no aceptación de cargos como agravante. La reemplazó por 2 meses de prestación de servicios a la comunidad y un curso de educación vial.
La Corte Suprema de Justicia casó de oficio una sentencia que imponía una sanción considerada excesiva a un joven procesado bajo el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA). El caso se originó por un accidente de tránsito ocurrido en Cali en diciembre de 2017, cuando el implicado, entonces de 17 años, conducía una camioneta y colisionó con un ciclista, causándole lesiones graves con secuelas permanentes.
El joven fue acusado por lesiones personales culposas bajo el procedimiento especial abreviado y no aceptó los cargos. En mayo de 2021, cuando ya tenía 21 años, el Juzgado 2º Penal para Adolescentes lo declaró responsable y le impuso la sanción de internamiento en medio semicerrado por tres (3) años, el máximo legal para esa medida no privativa de libertad. El Tribunal Superior de Cali confirmó esta decisión.Aunque la defensa interpuso casación, la demanda fue inadmitida; sin embargo, la Sala Penal decidió revisar de oficio la sanción por posible vulneración de derechos, dada su severidad para un delito culposo.
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