Comercial
SC2556-2024 Diferencias entre Contrato Agencia Comercial y Distribución
12 de noviembre de 2024 2 min de lecturaGMH Abogados
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de Agencia Comercial y un Contrato de Distribución, las mismas radican en la forma en que el intermediario actúa y los beneficios que obtiene. A continuación, se detallan las diferencias y su aplicación al caso:
Contrato de Agencia Comercial:
- Actuación por cuenta ajena: El agente actúa en nombre y por cuenta del agenciado (principal), promoviendo y explotando sus negocios. El agente no adquiere la propiedad de los bienes o servicios, sino que los comercializa en nombre del agenciado.
- Remuneración por comisión: El agente recibe una comisión o porcentaje sobre las ventas que logra concretar para el agenciado.
- Clientela del agenciado: Los clientes pertenecen al agenciado, incluso después de finalizado el contrato de agencia.
- Mayor control del agenciado: El agenciado suele tener mayor control sobre las actividades del agente, pudiendo impartirle instrucciones y directrices.
- Actuación por cuenta propia: El distribuidor adquiere la propiedad de los bienes o servicios del proveedor p
Acceso exclusivo para suscriptores
Continúa leyendo el análisis completo
El resumen jurisprudencial completo, las referencias normativas y la providencia descargable son exclusivos para suscriptores de GMH LEX.
- Análisis completo de la sentencia
- Descarga de la providencia en PDF
- Acceso a más de 2.000 publicaciones
- Calculadoras y liquidadores jurídicos
Registro gratuito · Activa tu plan en el panel · Sin contratos