SC5131-2020: Nulidades que pueden derivarse de la suscripción de una escritura pública.
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Nulidad Absoluta de Contrato de Donación.
- 🌐 Tema clave: Insinuación de donación, formalidades de la escritura pública, avalúo comercial vs. avalúo catastral, libertad probatoria.
- 📎 Controversia: ¿La falta de un avalúo comercial específico en una escritura pública de donación, y la presentación de un avalúo catastral en su lugar, genera la nulidad absoluta del contrato?
- ✅ Decisión: NO. La Corte casa la sentencia del Tribunal. Existe libertad probatoria para acreditar el valor del bien en la insinuación de donación. Un avalúo catastral puede ser "prueba fehaciente" suficiente si cumple el propósito de la norma, que es verificar que la donación supera los 50 SMLMV y que el donante conserva lo necesario para su subsistencia.
La Corte Suprema de Justicia casó una sentencia de tribunal que había declarado la nulidad absoluta de un contrato de donación por una supuesta falla formal. La Corte aclaró que la ley exige una "prueba fehaciente" del valor del inmueble donado, pero no impone una tarifa legal que obligue a presentar un avalúo comercial específico, pudiendo ser suficiente el avalúo catastral.
El caso se inició cuando un hombre demandó la nulidad de la donación que su cónyuge realizó sobre un bien de la sociedad conyugal a favor de sus hijas. Aunque su argumento inicial era otro, en apelación alegó que la escritura pública era nula porque, para la insinuación de la donación, se aportó el avalúo catastral y no un avalúo comercial, como a su juicio exigía el Decreto 1712 de 1989. El Tribunal le dio la razón y decretó de oficio la nulidad absoluta del contrato, lo que motivó el recurso de casación por parte de la cónyuge y las hijas donatarias.📌 Criterio jurisprudencial
El artículo 3° del Decreto 1712 de 1989, que exige "prueba fehaciente del valor comercial del bien" para la insinuación de donación, no establece una tarifa legal probatoria. En virtud del principio de libertad de prueba, un avalúo catastral puede ser suficiente para cumplir con dicho requisito si su valor permite al notario y a las partes tener certeza de que el acto supera los 50 SMLMV (haciendo necesaria la insinuación) y verificar que el donante conserva lo necesario para su congrua subsistencia. La omisión de un tipo específico de avalúo no es una falta de solemnidad que genere la nulidad absoluta del contrato.
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