Pensión de Vejez: Tribunal confirma que se pueden superar las 1.800 semanas para lograr el 80%
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Supuesto Fáctico: Un pensionado con 2.166 semanas cotizadas demandó a Colpensiones solicitando la reliquidación de su mesada. La entidad había limitado la tasa de reemplazo al 76.86%, argumentando que la ley impone un tope de semanas útiles (1.300 + 500 adicionales).
- 🌐 Controversia: ¿Es válido que Colpensiones deje de contabilizar semanas cotizadas más allá de las 1.800 cuando el afiliado, debido a su alto Ingreso Base de Liquidación (IBL), inicia con una tasa de reemplazo baja y requiere más semanas para alcanzar el 80%?
- ✅ Decisión: CONFIRMA el fallo a favor del pensionado. El Tribunal aplica el precedente de la CSJ (SL3501-2022) y aclara que el límite es el 80% de la tasa de reemplazo, no el número de semanas. Ordena reliquidar al 80% y pagar retroactivo indexado.
El litigio aborda una problemática recurrente para los pensionados de altos ingresos en el Régimen de Prima Media. El demandante, quien cotizó durante más de 40 años acumulando 2.166 semanas, obtuvo su pensión con una tasa de reemplazo del 76.86%. Colpensiones aplicó la fórmula decreciente del artículo 34 de la Ley 100 de 1993 (modificado por la Ley 797 de 2003), bajo la tesis de que solo es posible sumar un máximo de 500 semanas adicionales a las 1.300 mínimas (total 1.800 semanas).
Colpensiones y el Ministerio Público apelaron la decisión de primera instancia argumentando que permitir el cómputo de semanas más allá de las 1.800 pone en riesgo la sostenibilidad financiera del sistema y viola el principio de solidaridad, pues favorece a quienes tuvieron mayores ingresos. Sin embargo, el Tribunal Superior de Cúcuta rechazó estos argumentos, privilegiando el principio de favorabilidad y la correcta interpretación matemática de la norma, protegiendo el esfuerzo contributivo del afiliado que cotizó muy por encima de los mínimos legales.