Laboral
SL1760-2020: Es posible reconocer el salario integral de forma proporcional a la duración de la jornada laboral.
12 de noviembre de 2021 3 min de lecturaGMH Abogados
La ilustre Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL1760-2020, determinó que es posible reconocer el salario integral de forma proporcional a la duración de la jornada laboral. Ello se dio en el trámite de un recurso de casación contra la sentencia de segundo grado de un proceso ordinario laboral, que tenía como finalidad la ineficacia de una adición a un contrato laboral mediante un acta de conciliación entre las partes que pactaba la suma de un salario integral inicial, por cuanto manifiesta el recurrente es inferior al salario mínimo.
Ante ese panorama, el Juzgador de primera instancia absolvió a la accionada de las súplicas de la demanda, y el ad quem, confirmó dicha providencia, motivo por el cual se formuló el recurso extraordinario de casación. Como principal argumento contra la sentencia recurrida, se adujo que el Tribunal de instancia se equivocó al reconocer la proporcionalidad del salario integral a la duración de la jornada de trabajo, circunstancia que conlleva a que el salario sea inferior a los trece salarios mínimos que prevé el legislador en el artículo 132 del CST.
En este sentido, la Corte recordó lo consignado en la jurisprudencia sobre la proporcionalidad del salario en los siguientes términos:
Cuando el legislador, en el artículo 147-3 del CST, ordena que en caso de laborarse jornadas inferiores a las máximas legales, y se devengue el salario mínimo, éste regirá en proporción
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