Laboral
SL3371-2020: Familiares de un trabajador lesionado (no fallecido) pueden reclamar perjuicios morales
7 de octubre de 2020 5 min de lecturaGMH Abogados
🧑💼 Derecho Laboral
Corte Suprema de Justicia - SL3371-2020
(Rad. 65290)
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Ordinario Laboral (Indemnización Plena de Perjuicios).
- 🌐 Tema clave: Legitimación por activa, perjuicios morales a terceros, accidente de trabajo con culpa patronal, artículo 216 del CST.
- 📎 Controversia: ¿Están legitimados los familiares cercanos (hijos, cónyuge) de un trabajador que sufre lesiones graves —pero no la muerte— en un accidente laboral por culpa del empleador, para reclamar sus propios perjuicios morales?
- ✅ Decisión: SÍ. La Corte Suprema establece que cualquier persona que demuestre haber sufrido un daño como consecuencia del infortunio laboral con culpa patronal está legitimada para demandar la indemnización del artículo 216 del CST. Este derecho no es exclusivo del trabajador víctima.
En un fallo de unificación, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia zanjó una importante discusión: los familiares de un trabajador que sufre un accidente laboral grave, pero sobrevive, también están legitimados para reclamar una indemnización por los perjuicios morales que ellos sufren. La Corte determinó que el daño causado por un siniestro con culpa del empleador no se limita a la víctima directa, sino que puede irradiar y afectar a su núcleo familiar más cercano.
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