Laboral
SL413-2018 afiliación o traslado de régimen pensional no es dable deducir en todos los casos con el simple diligenciamiento, firma y entrega del formulario de afiliación
21 de mayo de 2020 3 min de lecturaGMH Abogados
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SL413-2018 recordó que la afiliación o traslado de régimen pensional no es dable deducir en todos los casos con el simple diligenciamiento, firma y entrega del formulario de afiliación; así lo manifestó la Honorable Corte Suprema en Sala de Casación Laboral:
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