Penal
SP1346-2022: Momento consumativo del delito de fraude procesal.
11 de julio de 2022 2 min de lecturaGMH Abogados
La ilustre Corte Suprema de Justicia en sentencia No. SP1346-2022, fijó el momento consumativo del delito de fraude procesal, en el trámite de un recurso de casación promovido contra la sentencia de segunda instancia que confirmó la de primera, y que condenó al recurrente como autor del delito de fraude procesal.
Como fundamento fáctico se adujo que la denunciante el 7 de octubre de 2009 se percató que en la oficina de Registro de Instrumentos Públicos figuraba como dueño de su predio el procesado, sin que aquella le hubiera enajenado el predio a este. El juzgador de primer grado, surtido los trámites correspondientes, condenó al procesado a 54 meses de prisión, multa de 300 s.m.l.m.v., e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 5 años como autor del delito de fraude procesal, decisión que fue confirmada por el Tribunal.
Así las cosas, presentada la demanda de casación ante la Corte Suprema de Justicia, esa corporación estudió el momento de consumación del delito de fraude procesal en los siguientes términos:
En los términos del artículo 453 de la Ley 599 de 2000, incurre en el delito de fraude procesal quien utiliza un medio fraudulento para inducir en error a un serv
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