Prueba de Referencia en Feminicidio: Validez ante el silencio de la víctima por miedo
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Supuesto Fáctico: El procesado atacó con un bisturí en el cuello a su pareja sentimental en un establecimiento público. La víctima sobrevivió, pero se negó a comparecer al juicio oral y se ocultó de las autoridades debido al temor y las amenazas constantes de su agresor.
- 🌐 Controversia: El juez de primera instancia absolvió al acusado, argumentando que no existía prueba directa de responsabilidad al no contar con el testimonio de la víctima en juicio. La defensa alegó que condenar con base en lo dicho a los policías constituía una violación a la prohibición de condena basada exclusivamente en prueba de referencia.
- ❌ Fallo de Instancia: El Tribunal revocó la absolución y condenó, decisión que fue atacada en casación.
- ✅ Decisión CSJ: CASA PARCIALMENTE (solo para rebajar pena). La Corte RATIFICA que la declaración anterior de la víctima es admisible como prueba de referencia bajo la causal de "evento similar" (miedo insuperable) y que, sumada a otros indicios, desvirtúa la presunción de inocencia.
El debate jurídico se centra en la tensión entre el derecho de confrontación del procesado y el deber del Estado de sancionar la violencia de género cuando la víctima es silenciada por el miedo. En el caso bajo estudio, la víctima fue atacada gravemente en el cuello, pero tras sobrevivir, retomó la convivencia con su agresor bajo un contexto de coacción y nuevas agresiones, lo que le impidió colaborar con la justicia. La Fiscalía intentó ubicarla sin éxito, y ante su inasistencia, introdujo su relato a través de los policías que atendieron el caso y el investigador que la contactó.