Civil
STC10900-2020: Aportar bienes propios a la sociedad patrimonial es ineficaz si se pacta en conciliación y no por escritura pública
25 de marzo de 2021 5 min de lecturaGMH Abogados
📜 Derecho Civil
Corte Suprema de Justicia - STC10900-2020
(Rad. 11001-02-03-000-2020-02925-00)
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Acción de Tutela.
- 🌐 Tema clave: Capitulaciones maritales, unión marital de hecho, solemnidad de escritura pública, sociedad patrimonial, conciliación.
- 📎 Controversia: Un compañero permanente, en un acta de conciliación, manifiesta su voluntad de aportar sus bienes propios (heredados y adquiridos antes de la unión) a la sociedad patrimonial. Tras su muerte, ¿es válida esta declaración para que dichos bienes se consideren sociales?
- ✅ Decisión: NO. La Corte Suprema niega la tutela y ratifica que las capitulaciones maritales son un acto solemne que exige, para su validez, ser otorgado mediante escritura pública. Una simple acta de conciliación no cumple con esta formalidad, por lo que la manifestación de voluntad es jurídicamente ineficaz.
La Corte Suprema de Justicia STC10900-2020 negó la acción de tutela interpuesta por una mujer que buscaba hacer valer la voluntad de su compañero permanente fallecido, quien en un acta de conciliación había dispuesto que sus bienes propios (incluyendo acciones y herencias) entraran a formar parte de la sociedad patrimonial. La Corte determinó que dicho pacto, al no haber sido elevado a escritura pública, carecía de toda validez jurídica.
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