Familia
STC13837-2017 Derecho de los menores a percibir alimentos de sus abuelos: marco legal
16 de mayo de 2020 3 min de lecturaGMH Abogados
La honorable Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Civil STC13837-2017 hizo precisiones sobre el marco legal del Derecho que tienen los menores a percibir alimentos de sus abuelos, cuando es procedente y bajo qué requisitos.
La Corte recordó que los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho fundamental a recibir alimentos, el cual se extiende a la recepción de las cuotas alimentarias que se presumen indispensables para garantizar su desarrollo pleno e integral, derecho que se puede materializar, cuando las circunstancias así lo exigieren, a través de los procedimientos especiales previstos en la ley, como son los procesos de fijación de cuota alimentaria, ejecución y revisión de los mismos.
Que el deber de asistencia alimentaria se establece sobre dos requisitos Fundamentales:
- La necesidad del beneficiario.
- Capacidad del obligado, quien debe ayudar a la subsistencia de sus parientes sin que ello implique el sacrificio de su propia existencia.
- La existencia del Vínculo jurídico que lo origine (STC10750-2017).
“La obligación de alimentar y educar al hijo que carece de bienes, pasa, po
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