Medidas de Protección: La omisión de conciliación y el uso de prueba indiciaria no vulneran el debido proceso bajo el enfoque de género
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Contexto del caso: En un trámite por violencia intrafamiliar, la autoridad competente impuso medidas de protección (alejamiento) contra un ciudadano, fundamentándose en valoraciones psicológicas de riesgo grave. El afectado interpuso acción de tutela contra los funcionarios argumentando que no se agotó la etapa de conciliación, que se le negó el derecho a grabar la audiencia y que la restricción se basó únicamente en indicios y no en pruebas directas.
- 🌐 Problema jurídico: ¿Incurren las autoridades de familia en un defecto fáctico o procedimental al imponer medidas de protección definitivas omitiendo la etapa de conciliación, negando la grabación de las diligencias y fundamentando la decisión en pruebas indiciarias bajo un enfoque de género?
- ✅ Decisión Corte Suprema: CONFIRMA la negación del amparo. La Corte determinó que no existe arbitrariedad ni vía de hecho. Señaló que la omisión de la conciliación no es una causal taxativa de nulidad procesal y resulta imperativa para evitar la revictimización en casos de riesgo grave. Asimismo, validó que la prueba indiciaria es idónea y suficiente en contextos de violencia intrafamiliar, a la luz de los postulados constitucionales que exigen una flexibilización probatoria con perspectiva de género.
En un trámite administrativo por violencia intrafamiliar, una Comisaría de Familia decretó medidas de protección definitivas a favor de una mujer y su hija menor, consistentes en la prohibición de acercamiento del presunto agresor a los lugares de residencia y trabajo de la víctima. Esta decisión se fundamentó en valoraciones psicológicas que arrojaron un nivel de riesgo grave e inminente, así como en reportes clínicos que advertían afectaciones emocionales, y en la verificación de derechos practicada por la autoridad de infancia respecto de la menor de edad.
Inconforme con la determinación, el presunto agresor interpuso recurso de apelación y, posteriormente, una acción de tutela, alegando graves vulneraciones al debido proceso y al derecho a la defensa. Su argumentación se centró en denunciar que la autoridad omitió agotar la etapa de conciliación previa, se negó injustificadamente a permitir la grabación en audio de la audiencia, y fundamentó la severa restricción de sus derechos únicamente en prueba indiciaria, sin un debate probatorio directo. El juez de familia en segunda instancia confirmó la legalidad de las medidas, lo que motivó el escrutinio final del juez constitucional.