Civil
STC8807-2020 la inexigibilidad del cobro de las cuotas de administración al poseedor de un bien privado va en detrimento de los derechos particulares de cada copropietario
11 de marzo de 2021 2 min de lecturaGMH Abogados
La Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia STC8807-2020 recordó que la inexigibilidad del cobro de las cuotas de administración al poseedor de un bien privado va en detrimento de los derechos particulares de cada copropietario.
Para la corte:
"si el poseedor es considerado por la ley como el dueño de un bien hasta tanto alguien más exhiba un mejor derecho al suyo, lo que le representa ciertas ventajas jurídicas exclusivas de su condición, además de las facultades de gozar y disponer de la cosa, si el ejercicio de esa posesión además recae y tiene injerencia en derechos de copropiedad sobre un terreno o bienes comunes, resulta acorde que al poseedor le sea exigible el cobro de las expensas generadas por la situación del bien poseído, en los términos de la Ley 675 de 2001, pues, de lo contrario, se le estaría permitiendo el uso y goce de esos bienes comunes y el acceso a los beneficios que la vida en copropiedad brinda, sin que a
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