Liquidación de Crédito: Corte Suprema frena el "Interés sobre Interés" en pensiones
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Supuesto Fáctico: En un proceso ejecutivo laboral, el juzgado aprobó una liquidación de crédito que capitalizaba intereses (anatocismo) y no descontaba adecuadamente los pagos parciales realizados por la empresa ejecutada. El Tribunal confirmó esta decisión.
- 🌐 Controversia: ¿Vulnera el debido proceso aprobar una liquidación que aplica indebidamente el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, generando intereses sobre sumas que ya incluyen intereses, y omitiendo la verificación de los abonos?
- ✅ Decisión CSJ: CONCEDE la tutela. Ordena al Tribunal resolver nuevamente la apelación, verificando estrictamente que no se incurra en anatocismo y que se imputen correctamente los pagos para detener la causación de intereses moratorios.
La sociedad accionante (una importante empresa de hidrocarburos) fue demandada en un proceso ejecutivo laboral para el pago de mesadas pensionales e intereses moratorios. Tras proferirse mandamiento de pago, se presentó la liquidación del crédito. La empresa objetó dicha liquidación argumentando que el demandante estaba calculando intereses moratorios sobre valores acumulados que ya incluían intereses (capitalización indebida) y que no se estaban reflejando los pagos realizados durante el proceso.
Pese a las objeciones sustentadas con dictámenes contables, el Juzgado de primera instancia y posteriormente la Sala Laboral del Tribunal Superior aprobaron la liquidación. La empresa acudió a la acción de tutela alegando defecto sustantivo y fáctico, pues la aprobación judicial validaba un cobro excesivo y aritméticamente incorrecto, convirtiendo la deuda en una suma impagable mediante la figura prohibida del anatocismo.