STP4042-2023 Corte ordena a UARIV pagar indemnización a víctima que fue suplantada; pago se hizo a persona incorrecta
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Acción de Tutela (Impugnación de fallo).
- 🌐 Tema clave: Derechos de las víctimas del conflicto armado, pago de indemnización administrativa, suplantación de identidad, deber de información de la Fiscalía a las víctimas.
- 📎 Controversia: ¿Se vulneran los derechos de una víctima del conflicto armado (en extrema vulnerabilidad) cuando la UARIV no le paga la indemnización ya reconocida, debido a que esta fue cobrada en el Banco Agrario por un tercero que la suplantó, y la Fiscalía no le informa sobre el proceso penal que cursa por estos hechos?
- ✅ Decisión: SÍ. La Corte REVOCA el fallo que negó la tutela y CONCEDE el amparo. Determinó que la víctima no recibió el pago por irregularidades de la UARIV (error en el nombre y dirección de notificación) y una suplantación. Ordenó a la UARIV pagar la indemnización en un (1) mes, ya que el pago a un tercero no extingue la obligación con la verdadera acreedora.También ordenó a la Fiscalía contactar a la víctima, informarle del proceso penal activo (donde ella es víctima) y garantizar su participación.
La Corte Suprema de Justicia amparó los derechos fundamentales de una víctima del conflicto armado, en condición de extrema vulnerabilidad, que fue suplantada y nunca recibió el pago de su indemnización administrativa. La Sala ordenó a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) que, en el término de un mes, le pague la suma reconocida, y a la Fiscalía que la vincule efectivamente al proceso penal que se adelanta por estos hechos.
La accionante, reconocida como víctima de desplazamiento forzado y delitos contra la libertad e integridad sexual, acudió en 2016 al Banco Agrario a reclamar su indemnización, pero le informaron que esta ya había sido cobrada en 2014. Al obtener los soportes, constató que el pago se hizo a una persona con un nombre similar ("MARÍA FAROL" en lugar de "MARÍA FARIL"), la cédula usada estaba adulterada y el comprobante estaba firmado, pese a que ella no sabe leer ni escribir. Aunque denunció los hechos ante la Fiscalía en 2016, la entidad la remitió a otras instituciones y ella creyó que el caso estaba cerrado. El Banco Agrario, por su parte, le negó el reintegro del dinero, indicando que debía reclamar a la UARIV por ser la entidad emisora del giro.
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