Habeas Data y Antecedentes Penales: La Tutela no procede para modificar leyendas administrativas
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Supuesto Fáctico: Un ciudadano solicitó a la DIJIN/Interpol que actualizara su certificado de antecedentes penales. Pretendía que, en lugar de un reporte genérico, apareciera explícitamente la leyenda "LA PENA SE EXTINGUIÓ POR PRESCRIPCIÓN", invocando una resolución administrativa antigua del DAS.
- 🌐 Controversia: La DIJIN no accedió a modificar el formato de visualización en los términos exactos solicitados. El accionante interpuso tutela por violación al Habeas Data, alegando que la información era incompleta o inexacta.
- ❌ Fallo de Instancia: Las instancias negaron el amparo.
- ✅ Decisión CSJ: CONFIRMA la negativa. Declara improcedente la tutela porque no se discute la veracidad del antecedente (que existe), sino la forma administrativa de reportarlo. La controversia debe dirimirse ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
El caso involucra la tensión constante entre el derecho al olvido, la publicidad de los antecedentes penales y la precisión de la información administrada por el Estado. El accionante, quien tenía una anotación en su historial judicial por una pena que ya había prescrito, exigió a la Policía Nacional (DIJIN) que ajustara la base de datos para que en su certificado se reflejara literalmente la leyenda establecida en una resolución del extinto DAS. Su intención era que terceros que consultaran sus antecedentes tuvieran claridad absoluta sobre la forma en que se extinguió la sanción penal, evitando ambigüedades que pudieran afectarle.