Constitucional
T-259/20 Ordena al director de la Cárcel Distrital prohibir que los reclusos o visitantes sean tocadas en sus partes íntimas o que sean obligadas a desnudarse y a hacer sentadillas.
8 de diciembre de 2020 2 min de lecturaGMH Abogados
La Honorable corte Constitucional en sentencia T-259/20 impartió diferentes órdenes al director de la cárcel distrital, entre ellas tenemos:
- ORDENAR al director(a) de la Cárcel Distrital de Bogotá que tome de inmediato todas las medidas necesarias para evitar que los guardias de seguridad sometan a las personas privadas de la libertad y a los visitantes a tratos crueles, humillantes y degradantes. Entre otros tratos, el director(a) debe prohibir que las personas sean tocadas en sus partes íntimas o que sean obligadas a desnudarse y a hacer sentadillas.
- Que adquiera al menos un escáner corporal de rayos x que permita eliminar el contacto físico entre guardias y reclusos o visitantes durante las requisas. Para el efectivo cumplimiento de esta orden, la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia de la Alcaldía de Bogotá prestará al establecimiento carcelario toda la asistencia administrativa, presupuestal y logística que se requiera.
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